640 9511 anexo: 100
640 9511 anexo: 101
640 9511 anexo: 102
Lo primero debemos es considerar tanto el servicio funerario como el cementerio de destino.
Para el caso del servicio funerario para entierro, puede encontrar en este enlace funerariasperu.biz/funeraria diferentes planes que se acomode a sus necesidades, bajo los requerimientos protocolares por el estado de emergencia que vivimos.
En lo que concierne a un Cementerio en Lima hay 36 Cementerios entre públicos, privados y clandestinos (no reconocidos por la entidad de salud). Todos estos brindan Nichos, tumbas y Mausoleos y hay de todos los precios, el problema es que no todos atienden por teléfono, contamos con listado donde están sus direcciones y teléfonos de la mayoría de ellos, aquí está el enlace del directorio: Directorio de cementerios y camposantos.
Lo primero es tener Certificado Médico de Defunción, esto lo brinda la Clínica, Hospital o su médico de cabecera, recuerde que tiene que ser el Certificado digital del SINADEF (Minsa).
El siguiente paso es saber qué Cementerio ya tienen adquirido o si van a comprarlo, también tener las medidas del ataúd a la mano. (No todos los nichos tienen las mismas medidas). Para mayor información puede comunicarse al (WA) (01) 640 9511 o al (WA) +51 998 365 354.
Documentos para el Cementerio el Certificado de defunción, copias del DNI del fallecido, DNI del que adquiere el Nicho o Sepultura, si pasa las 48 de haber fallecido también el Certificado de Embalsamamiento y el vencimiento de plazo ley, de acuerdo a Servicios Funerarios. DECRETO SUPREMO Nº 03–94–SA.
Y por último donde se va a velar si es en casa o en algún velatorio.
Si su familiar falleció en casa sin ningún antecedente médico, debe llamar a emergencias donde lo llevarán a la morgue central para el proceso de hacerle la Necropsia de Ley. Para mayor información puede comunicarse al (WA) (01) 640 9511 o al (WA) +51 998 365 354.
Para el servicio de cremación en Lima puede encontrar el detalle en este enlace https://www.funerariasperu.biz/cremacion/ , encontrará diferentes planes que se acomode a sus necesidades, bajo los requerimientos protocolares por el estado de emergencia que vivimos.
Para mayor información puede comunicarse al (WA) (01) 640 9511 o al (WA) +51 998 365 354.
Tiene que ser un familiar directo como lo estipula la ley, nos referimos padres, hijos. Hermanos, esposa.
Si no hay familia o fuera una muerte súbita o violenta tiene que autorizarlo la fiscal de turno a solicitud de la familia o en todo caso de testigos justificando que no hay familia.
Que el familiar directo firme la autorización para poder realizar la Cremación o incineración del cuerpo antes del acto tiene que pasar como un mínimo de 1 testigo y firmar la conformidad y después de 2 horas se entrega las cenizas a la familia.
¿Hay algún caso en que no se pueda incinerar a alguien?
Sólo en caso de intervención judicial, el juez puede decretar la no incineración del cadáver, por estar en investigación. En este caso se tiene que enterrar.
Existen protocolos de seguridad y manipulación del cuerpo de Funerarias Perú, incluso hay un testigo antes de ingresar al horno y se cerciore que es su familiar.
Si es posible solo que tiene que solicitarlo con anticipación, tiene que adquirir las Urnas adicionales que necesite.
En Funerarias Perú sabemos que los cuerpos los entregan en bolsa hermética, somos muy respetuosos de la sensibilidad de la familia pero también de las normas, no hay protocolos para ello salvo que desde el nosocomio se cercioren que es su familiar.
Nunca, a excepción de la madre y su hijo fallecidos ambos durante el parto.
Las normas de Perú no impiden ese tipo de ritual, las restricciones de prohibición solo se da desde la municipalidades en temporadas de marea alta.
Las normas de Perú no impiden ese tipo de ritual, las restricciones de prohibición solo se dan desde las municipalidades en temporadas de marea alta.
Solo se debe tirar las cenizas, es un delito ecológico tirar las Urnas al mar.
Sí, pero es necesario llevar el Acta de Cremación y el acta de Defunción apostillada. Es recomendable como equipaje de mano y tenerlo listo para su revisión
Si es posible en funerarias Perú preparamos toda la documentación apostillados acompañados con la resolución de la dirección de salud y documentos probatorios que lo que están llevando son Cenizas y puedan pasar los controles. Hay países que hay que pedir permiso al municipio de su localidad indicando donde lo va a tener, también realizamos las traducciones de los documentos.
Para ello se tienen las siguientes consideraciones sobre la DIRECTIVA SANITARIAN°087-2020-DIGESA/MINSADIRECTIVA SANITARIA PARA EL MANEJO DE CADAVERES PORCOVID-19:
El cadáver será cremado, salvo en los lugares donde no hubiere crematorio se procederá a la inhumación con las medidas de bioseguridad descritas. (*) Modificado con RM N°208-2020/MINSA, con el siguiente texto:
2.El cadáver puede ser inhumado o cremado según decisión del familiar directo.
3.El traslado, cremación con inhumación del cadáver deberá realizarse inmediatamente producido el deceso. El cadáver debe ser aislado en bolsa hermética, resistente a fluidos y gases no debiendo abrirse por ninguna circunstancia.
4.La cremación con inhumación de un cadáver será autorizada por la DIRIS o DIRESAS/ GERESAS o las que hagan sus veces, según corresponda.
1.Manejo del cadáver en la sala de aislamiento o unidad de cuidados críticos:
Los dispositivos médicos invasivos se mantendrán en el cadáver hasta su disposición final.
2.Manejo del cadáver en el mortuorio del establecimiento de salud, vivienda o lugar distinto.
4.Del procedimiento para la Inhumación o Cremación del Cadáver.
k) Se hará entrega de las cenizas a los deudos que así lo soliciten, los cuales tendrán acceso a las mismas sólo hasta 24 horas posteriores a la cremación, de no ser entregadas se conservaran en el cinerario, según lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-SA.